La Constitución, la Asamblea Nacional del Poder Popular y la economía


La Constitución es punto de confluencia entre la política y el Derecho y el primer referente democrático y formal de la legalidad. A partir de ello, la Constitución es una puesta en común a partir de la cual se conduce el proceso político de un país y se orienta y fundamenta el ordenamiento jurídico. En esta se regulan los principios que rigen la sociedad y se trazan los derroteros por donde deben transitar las relaciones entre el Estado y los individuos.

Es usual que las constituciones, metodológicamente, se dividan en cuatro partes: un preámbulo, una parte orgánica, otra parte llamada dogmática y una cláusula de reforma. Sin embargo, esa división no abarca toda la problemática significativa del constitucionalismo contemporáneo. En la actualidad entre los contenidos constitucionales, sobresalen los principios reguladores de la economía, como ordenadores del marco jurídico fundamental para la estructura y funcionamiento de la actividad económica de una sociedad dada, extendiéndose de esa forma a cinco, las partes esenciales de una Constitución.

A partir de ello, los contenidos que de forma dispersa o integrando una parte de la normativa constitucional tienen la función de habilitar y orientar la acción económica, constituyen lo que doctrinalmente se reconoce como “Constitución económica”.

Esta parte de la Constitución, comprende todas las reglas fundamentales del sistema económico, entre las que sobresalen: los principios y valores que lo caracterizan, el reconocimiento de las formas de propiedad, la legitimación de los actores para el ejercicio de la actividad económica, cuestiones de orden público económico, las facultades de los distintos actores económicos, así como los límites de su ejercicio y responsabilidad. También pueden ocupar un lugar destacado como parte de este contenido, la función social de la propiedad, la planificación, algunos derechos socioeconómicos como por ejemplo, los relacionados con la protección al trabajo, además de las atribuciones relacionadas con el tema económico, que le establece la Constitución a los órganos estatales en los distintos niveles territoriales. Elementos todos que definen el modelo socioeconómico de un país, como expresión de los principios fundamentales de organización y funcionamiento de su economía.

De forma general, la Constitución cubana le atribuye al Estado la función de organizar, dirigir y controlar la actividad económica nacional conforme a un plan que garantice el desarrollo programado del país, a fin de promover el desenvolvimiento de la persona humana y de su dignidad, el avance y la seguridad del país; administrar directamente los bienes que integran la propiedad socialista de todo el pueblo; o crear y organizar empresas y entidades encargadas de su administración, cuya estructura, atribuciones, funciones y el régimen de sus relaciones son regulados por la ley, así como, dirigir y controlar el comercio exterior ( arts. 16, 17 y 18 constitucionales).

En tal sentido, en materia económica, la Constitución integra fundamentos específicos con otros contenidos esenciales, entre los que se encuentran las disposiciones orgánicas, es decir, atribuciones asignadas a los órganos de poder en relación con la planificación, el presupuesto del Estado y los sistemas monetario, financiero y fiscal, fundamentalmente.

En correspondencia con lo anterior, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), como órgano supremo del poder del Estado, conformada por diputados que representan los intereses de la nación, tiene encargos constitucionales de significativa importancia y jerarquía en materia económica, (artículo 108), entre los que destacan los siguientes:

  1. i) discutir y aprobar los objetivos generales y metas de los planes a corto, mediano y largo plazos, en función del desarrollo económico y social;
  2. j) aprobar los principios del sistema de dirección del desarrollo económico y social;
  3. k) discutir y aprobar el presupuesto del Estado y controlar su cumplimiento;
  4. l) acordar los sistemas monetario, financiero y fiscal; y
  5. m) establecer y modificar o extinguir los tributos.

Resulta esencial que la ANPP tenga como atribución, discutir y aprobar los objetivos generales y metas de los planes a corto, mediano y largo plazos, en función del desarrollo económico y social, si se tiene en cuenta que, la planificación sigue siendo la categoría rectora y definitoria del sistema de dirección de la economía. El proyecto económico que define la Constitución de 2019, refuerza el papel de la dirección planificada de la economía y en tal sentido, su artículo 18 dispone, que en Cuba rige un sistema de economía socialista basado en la propiedad de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción como la forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que tiene en cuenta, regula y controla el mercado en función de los intereses de la sociedad.

Mientras, el segundo párrafo del artículo 19, establece que la planificación socialista constituye el componente central del sistema de dirección del desarrollo económico y social. Su función esencial es proyectar y conducir el desarrollo estratégico, previendo los equilibrios pertinentes entre los recursos y las necesidades.

La planificación como método esencial de dirección de la economía  se concibe como el instrumento económico primordial del Estado y del Gobierno para organizar, ejecutar, coordinar y medir las acciones de los distintos actores económicos, en función de lograr el progreso sostenible de la sociedad. En términos conceptuales, la planificación puede entenderse como el conjunto de prescripciones que se encaminan a ordenar las actividades económicas, públicas o privadas, hacia la consecución de fines y objetivos determinados, que a nivel nacional y territorial deben ser cumplimentados dentro de un plazo de tiempo determinado. Comprende la elaboración de diferentes planes de la economía nacional, de distintas ramas, empresas y también de los territorios en los distintos niveles, de ahí que, en una sociedad como la nuestra, se manifieste como un mecanismo esencial para garantizar la distribución de recursos escasos, y priorizarlos allí donde más se necesiten.

El proceso de planificación toma en cuenta las políticas definidas y asegura su respaldo, promoviendo la generación y obtención de los recursos necesarios para satisfacer los diversos objetivos propuestos. En tal sentido, resulta un mecanismo realmente eficaz. En la actualidad, el país no cuenta con una Ley que ordene el proceso de planificación y marque las pautas rectoras del mismo. Este proceso, se ordena, por el momento, por medio de disposiciones normativas de rango inferior, aprobadas por el Ministerio de Economía y Planificación, organismo rector de la materia en Cuba.

No obstante sus atributos, dados los derroteros actuales que se presentan para Cuba en la esfera económica, así como la presencia de diversos actores concurriendo en los procesos económicos, se hace necesario concebir la planificación de manera diferente. Es necesario su perfeccionamiento, trabajar en una profunda reconfiguración general de sus bases conceptuales, de manera que sea capaz de dar respuesta a la mayor cantidad de retos que enfrenta en la actualidad. Entre otros aspectos, debe sustituir sus caracteres burocráticos por otros de esencia más democrática y articularse con el mercado. A propósito, entre los elementos que fundamentan la actualización de la Conceptualización del Modelo Cubano se encuentra la necesidad de transformar, integralmente, el Sistema de Dirección Planificada del Desarrollo Económico y Social, con la planificación como su componente principal.

Por otra parte, en todo proceso de planificación económica, la existencia de recursos dinerarios debidamente ordenados contribuye a la realización coherente de los fines y objetivos propuestos. De ahí, que el presupuesto se muestre como mecanismo idóneo para garantizar el desenvolvimiento de las más variadas decisiones y acciones que conllevan al cumplimiento de los elementos expuestos con anterioridad.

Por medio del presupuesto del Estado se autoriza el montante máximo de los gastos que el Gobierno puede realizar durante un período de tiempo determinado, en las atenciones que se especifican, y se prevén los ingresos necesarios para cubrirlos. En tal sentido, el presupuesto se nos muestra como un instrumento de gobernabilidad económica que expresa, en forma de cifras, la instrumentación de las políticas públicas y a su vez, ofrece una imagen de la labor y prioridades del gobierno.

En tanto el presupuesto del Estado está dirigido a satisfacer las distintas necesidades públicas a partir de la finalidad que tiene de distribución de recursos, evidencia las prioridades y las decisiones políticas de mayor envergadura dentro de la estructura estatal y, además, tiene como función esencial, organizar, programar y controlar la distribución y redistribución de los recursos financieros del Estado. Los presupuestos disciplinan la actuación del aparato estatal, en orden a la realización del gasto público.

Como parte de sus atribuciones con contenido económico, la Asamblea Nacional del Poder Popular en Cuba, discute y aprueba el presupuesto del Estado y controla su cumplimiento. En relación con ello, si bien la operatividad material del presupuesto del Estado está a cargo de su aparato administrativo, su trascendencia demanda legitimidad formal por medio de Ley. Por ello, cada año, la ANPP debate y aprueba la correspondiente Ley del presupuesto como le corresponde, por ser el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República, en virtud de lo cual tiene además, la atribución de debatir y aprobar las modificaciones que con posterioridad sean necesarias hacerle al propio presupuesto.

Con el objetivo de perfeccionar ese mecanismo económico, se requiere como cambio de concepción, que implique que el presupuesto no sea considerado solo como un instrumento de autorización de gastos y previsión de ingresos, sino de forma más amplia, que se entienda como una herramienta de planificación estratégica, lo cual exige renovación de la técnica presupuestaria que hoy se emplea, así como el perfeccionamiento del control presupuestario.

Por otra parte, entre sus atribuciones, la ANPP tiene el encargo constitucional de aprobar los principios del sistema de dirección del desarrollo económico y social. Como parte de las actuaciones para perfeccionar el modo de planificar, dirigir, organizar y gestionar el desarrollo de la economía y la sociedad, la ANPP debatió en su IX legislatura la actualización de la Conceptualización del Modelo Económico y Social de Desarrollo Socialista y los Lineamientos para el periodo 2021-2026, que trazan, en sentido general, las principales direcciones de trabajo para el quinquenio señalado, en el camino de encauzar las prioridades del país en la esfera económica y social, en correspondencia con los recursos disponibles, e incorpora, además, las principales transformaciones por acometer.

En virtud de esa misma facultad, la ANPP debatió y aprobó la estrategia de desarrollo económico social del país, que tiene como ejes, los siguientes: gobierno eficaz y socialista e integración social; transformación productiva e inserción internacional; infraestructura; potencial humano, ciencia, tecnología e innovación; recursos naturales y medio ambiente; y desarrollo humano, justicia y equidad.

Por último, conforme al diseño constitucional cubano, el desempeño de los diputados se encuentra regulado de forma protagónica a partir de la naturaleza representativa y de control que tiene la ANPP. Es así que este órgano supremo también tiene como atribuciones con contenido y alcance económico transversal, ejercer la más alta fiscalización sobre los órganos del Estado. Constitucionalmente los diputados tienen el deber de desarrollar sus labores en beneficio de los intereses del pueblo, mantener vínculo con sus electores, atender sus planteamientos, sugerencias, críticas y explicarles la política del Estado. De esta manera, los diputados de forma directa y por medio de las comisiones en las que participan, tienen el derecho de solicitar a los órganos estatales o entidades, la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones y estos están en la obligación de prestarla en los términos establecidos en la ley. Es decir, la ANPP y los diputados que la conforman, por el rol que tienen atribuidos, controlan la gestión administrativa y económica de los órganos estatales.

Como se aprecia, de forma coherente, la jerarquía orgánica que la Constitución de la República le concede a la Asamblea Nacional del Poder Popular, se corresponde con la importancia y trascendencia de las atribuciones que con contenido económico le dispone. En relación con ello, para afrontar las esenciales decisiones que deberá tomar sobre esta materia, uno de los retos que tiene la nueva legislatura es contribuir a fortalecer la preparación de los diputados en estos temas,  de manera que se encuentren en condiciones de actuar como corresponde, decidir, controlar y exigir responsablemente, en cumplimiento del deber ineludible que tienen con el pueblo que representan y del cual expresan su voluntad soberana. (Tomado de Cubadebate)

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