El Banco Central de Cuba (BCC) publicó la Resolución 11/2023, que contiene las normas bancarias sobre los límites establecidos para los cobros y pagos en efectivo en moneda nacional, su depósito, extracción y tenencia.
Según la resolución, en vigor desde el 3 de agosto último,
solo las personas naturales que reciben sus pensiones, salarios y otros
ingresos personales, así como también los recursos provenientes de cuentas de
ahorro podrán disponer de la red de cajeros automáticos para la extracción de
efectivo.
Además, la norma
establece que las extracciones de efectivo para el pago de salarios y otras
prestaciones sociales se realizan con un máximo de tres días hábiles de
antelación a la fecha de pago, y que el efectivo no utilizado debe ser
reintegrado al banco al siguiente día hábil.
El BCC también señala que los bancos incluirán en los contratos de cuenta corriente los términos y condiciones para el manejo del efectivo en pesos cubanos, y que podrán suspender o cerrar los servicios bancarios a los clientes que incumplan reiteradamente lo dispuesto. (Tomado de Cubadebate)