El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba (MFP) prorrogó la exención del pago del impuesto aduanero para la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, por la vía de pasajeros, como equipaje acompañante.
La resolución 9/2026 del MFP, publicada hoy en la Gaceta
Oficial ordinaria número 7, extiende este beneficio, que en la resolución 286,
del 17 de septiembre de 2025 se autorizaba de manera excepcional y con carácter
temporal hasta el 31 de enero de 2026.
El documento legal permite, también excepcionalmente, la
importación sin carácter comercial de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos
hasta el límite de 500 dólares estadounidenses (USD) del valor o peso
equivalente, hasta 50 kilogramos (kg), en la relación valor/peso establecida
por la Aduana General de la República, y exenta del pago del Impuesto Aduanero,
por la vía de pasajeros como equipaje no acompañado.
Dichos beneficios, dispone el documento, se aplican con la
condición de que los artículos clasificados como alimentos o aseo, así como los
identificados como medicamentos e insumos médicos que integren parte del
equipaje del pasajero, se presenten ante la Aduana en bultos separados del
resto de los productos.
Asimismo, se autoriza el incremento del límite del valor en
aduana para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales
mediante envíos, de 200 USD hasta 500 USD.
Se mantiene la exención del pago del impuesto aduanero por
los primeros 30 USD del valor o su peso equivalente de tres kg del envío, así
como la aplicación del exceso de este de la tarifa arancelaria del 30 por
ciento (%).
El MFP también dispone aprobar excepcionalmente, la
importación sin carácter comercial y exenta del pago del Impuesto Aduanero de
alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos que se importen por personas
naturales como envíos aéreos, marítimos y postales, hasta un límite de 200 USD
o peso equivalente hasta 20 kg en la relación peso/valor establecida por la
Aduana General de la República.
La resolución aclara que estas prórrogas en los beneficios
arancelarios a dichos productos de primera necesidad, atienden a que persisten
en el país las limitaciones en las ofertas, a partir del recrudecimiento del
bloqueo económico, comercial y financiero y el impacto en la esfera económica
de las medidas tomadas durante el enfrentamiento a la COVID-19 y para la
recuperación paulatina del país.
https://rciudadhabanaoficial.blogspot.com/2026/01/cuba-sesion-del-consejo-de-defensa.html
(ACN)
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