El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informó que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 116 “Código de Trabajo”, de 20 de diciembre de 2013, el viernes 3 de abril se recesan las actividades laborales.
Se exceptúan de esta disposición las labores vinculadas a
la zafra azucarera y otros trabajos agrícolas urgentes, industrias de producción
continua, actividades inaplazables de carga y descarga, así como los servicios
de transporte y su aseguramiento técnico.
También continuarán prestando servicios los sectores
hospitalarios y asistenciales, farmacias, expendios de combustible, funerarias,
cementerios, servicios de hospedaje y centros turísticos, además de las
comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos,
pesca y otras actividades autorizadas.
El tratamiento salarial se aplicará según lo establecido en
la Resolución 9 del 18 de abril de 2025.
https://rciudadhabanaoficial.blogspot.com/2026/03/conocen-lideres-religiosos-sobre-estado.html
(Ministerio de Trabajo y Seguridad Social)
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