Próxima a entrar en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial de la República, la nueva Ley del Registro Civil (Ley No.180) permite novedades para el ejercicio de esa actividad en todo el territorio cubano.
A través de sus redes sociales, el Ministerio de Justicia
informó que a partir de la puesta en vigor de la normativa se podrá inscribir
el nacimiento de un menor en cualquier oficina registral del país, con lo cual
se elimina la territorialidad en la inscripción.
Como un paso en la informatización de la sociedad, los
certificados tendrán validez legal no solo en papel sino que se incluye el
formato digital, los cuales podrán ser verificado en línea.
En concordancia con otras normas aprobadas en el país, la
Ley protege expresamente la intimidad de las personas y la privacidad de los
datos personales, al equilibrar el Registro Civil la publicidad de la
información con la protección de datos sensibles, tal como establece la
Constitución de la República y la Ley de Protección de Datos Personales.
De igual manera, en sintonía con las múltiples
configuraciones filiales que reconoce el Código de las Familias se podrán
inscribir la multiparentalidad, las uniones de hecho afectivas, los pactos de
convivencia, la guarda de hecho y el acogimiento familiar.
La ley simplificará los procedimientos a seguir y permitirá
corregir errores en actas por vía administrativa, según su tipo, sin tener que
recurrir a los tribunales.
Asimismo, la ley garantizará accesibilidad universal y
reconocerá la provisión de apoyos para el ejercicio de los derechos registrales
de las personas en situación de discapacidad.
https://rciudadhabanaoficial.blogspot.com/2026/06/arte-deleita-futuras-madres-en-hogar.html
(Perfil
de Facebook Radio Progreso)
JCDT
