Cuba estableció un nuevo plazo de 90 días para canjear en las sucursales bancarias el peso convertible en efectivo en poder de las personas naturales.
La Resolución 62/2022 del Consejo
de Estado, publicada en la Gaceta Oficial No. 56 Ordinaria, dispone que las
sucursales bancarias que reciban pesos convertibles, como resultado del canje
de estos por las personas naturales, venden al BancoCentral de Cuba los pesos convertibles recibidos, de conformidad con lo
establecido en el Decreto-Ley 62, de 27 de mayo de 2022, y de acuerdo con lo
previsto en las regulaciones vigentes para su retiro de la circulación.
El cambio se realizará a la tasa de 24 pesos cubanos por un peso
convertible.
A su vez, el Banco Central de
Cuba (BCC) dictó la Resolución 108/2022, también publicada en la Gaceta, que
dispone que las sucursales bancarias que reciban pesos convertibles, como
resultado del canje de estos por las personas naturales, venden al BCC los
pesos convertibles recibidos.
La nueva norma responde al hecho
de que la compleja situación, generada
por la pandemia de COVID-19, impidió que un número considerable de personas
pudiera efectuar esa operación en los plazos de tiempo establecidos con
anterioridad y, por ende, tienen hoy en su posesión esta moneda en desuso. (ACN.
Foto: Cubadebate)