Este año todos los trabajadores por cuenta propia (TCP), tanto los del régimen general (RG) como los del simplificado (RS), deben presentar la declaración jurada (DJ) del Impuesto sobre los Ingresos Personales correspondiente al ejercicio fiscal 2022, según dispone la Ley No.157 del Presupuesto del Estado para 2023.
La Oficina Nacional de
Administración Tributaria (ONAT) informa, además, que existen otras siete
importantes cuestiones que deben tener en cuenta los TCP, en el proceso de
presentación de la DJ que comenzó el pasado 9 de enero y se extiende hasta el 2
de mayo, también de acuerdo con lo estipulado en citada Ley No.157.
Dichas cuestiones son
las siguientes:
·
Los trabajadores contratados del TCP no tienen que presentar DJ.
·
Los TCP del RS no liquidan el tributo, o sea, no pagan, si sus ingresos
anuales no superan los 200 mil pesos, en caso contrario sí deben aportar el
impuesto.
·
Para que los TCP del RS solo llenen las partes de la DJ correspondientes a
su régimen de tributación, está habilitada en la Página 1 de la DJ 08 Excel, la
casilla A, que les permite especificar que son del RS. Esto les facilita el
cálculo del tributo.
·
La DJ08 Excel, es una herramienta informática que además de facilitar el
llenado de la planilla, calcula el impuesto sobre los ingresos personales si se
colocan los datos siguiendo las instrucciones de llenado del modelo, que luego
puede imprimirse y entregarse firmada en los buzones habilitados en las
oficinas tributarias.
·
Los TCP que poseen firma o certificado digital podrán presentar sus
declaraciones juradas (llenadas con la DJ-08 Excel) a través del Portal
Tributario.
·
A los contribuyentes que declaren y paguen el tributo antes del 28 de
febrero se les descuenta el cinco por ciento del importe a pagar como
bonificación por pronto pago y si realizan el aporte por Transfermóvil o
Telebanca se les descuenta, además, el tres por ciento por utilizar esta vía
electrónica.
·
La DJ que presenta este año corresponde a los ingresos obtenidos por su
negocio en 2022 por tanto se paga con el vector fiscal de ese año.
Además de estos
elementos, existen otros que no pueden obviarse, y que la ONAT recomienda a los
TCP tener muy presentes:
·
Deben asegurarse de ubicar correctamente en la DJ08 Excel todos los datos
personales y numéricos, en los lugares indicados por el instructivo. Esto
garantizará que su declaración no sea rechazada y que, si la presenta a través
del portal u otra vía electrónica, el proceso transcurra y culmine
exitosamente.
·
Si utilizan la opción del buzón, imprimen dos modelos y los firman, uno lo
depositan y el otro se queda en su poder y deben conservarlo por cinco años.
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En caso de presentar la declaración fuera del término legalmente
establecido se les aplicarán el recargo y las sanciones previstas en la
legislación tributaria.
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Con la firma digital pueden declarar en cualquier momento (las 24 horas del
día, los siete días de la semana) y lugar, desde la comodidad de su móvil,
computadora o tableta.
·
Acogerse a la bonificación por pronto pago y aportar el impuesto mediante
canales electrónicos representan una fuente de ahorro para su negocio.
Y la final: tomar en consideración todo lo anterior y actuar en consecuencia garantizará el cumplimiento correcto y puntual de la obligación de declarar el Impuesto sobre los Ingresos Personales. (Cubadebate)