Cuba: nuevas regulaciones para importar plantas y otros productos

Cuba: nuevas regulaciones para importar plantas y otros productos

El Ministerio de la Agricultura (Minag) de Cuba emitió nuevas regulaciones para la importación de plantas y otros productos, a fin de proteger al país de la introducción y difusión de plagas y enfermedades.

Tales disposiciones de ese organismo aparecen publicadas en la edición ordinaria número 18 de la Gaceta Oficial de la República, que inserta la Resolución 27/2024 Del reglamento actualizado para la importación de plantas, productos de origen vegetal y otros susceptibles de causar perjuicios al estado fitosanitario.

En la norma jurídica, que entrará en vigor el 21 de abril venidero, se reconocen a los nuevos actores económicos entre los sujetos que pueden realizar la importación de los artículos, para lo cual se establece, a tales fines, un término máximo de 10 días hábiles.

Esas mercancías incluyen productos para el consumo humano, como té, tilo, manzanilla y otras hierbas medicinales secas y sin raíces; frutos secos procesados y semielaborados, ya sean tostados, salados o azucarados; contenidos en envases herméticos y sellados, especias secas, pastas alimenticias, arroz pulido, harinas vegetales, garbanzos, lentejas, gelatinas, féculas, chícharos y frijoles, entre otros renglones.

De manera general, el reglamento también regula lo relativo a los escenarios del depósito aduanero y los cuidados relacionados con el tráfico de artículos reglamentados, tales como las especies de plantas vivas y sus partes; las semillas; flores y follajes con fines decorativos; los granos, frutas, hortalizas, legumbres, especias, harinas, sémolas, afrechos y demás productos alimentarios en estado natural o semielaborados, entre otros productos. (Redacción digital. Con información del diario Granma)

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