Aprueba Parlamento de Cuba Ley del Procedimiento Administrativo (+ post)


La Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento) de Cuba aprobó este viernes la Ley del Procedimiento Administrativo, sin antecedentes normativos en el país, la cual busca regular y sistematizar con carácter general la actuación administrativa.

En presencia de Miguel Díaz-Canel Bermúdez, presidente de la República, Manuel Silvera Martínez, ministro de Justicia, ahondó en las particularidades del nuevo cuerpo normativo, al dirigirse a los diputados asistentes a la tercera jornada del Tercer Período Ordinario de Sesiones del Parlamento, en su X Legislatura.

Destacó que este texto legal es supletorio de otros procedimientos especiales, atendiendo a las singularidades de algunos sectores.

La Constitución de la República de Cuba consagra el derecho de toda persona a disfrutar de un debido proceso, tanto en el ámbito judicial como en el administrativo, lo que constituye una garantía frente a las actuaciones administrativas, expresión de seguridad jurídica y requisito de legalidad, resaltó.

Reconoce, además, el derecho de dirigir quejas y peticiones a las autoridades y la obligación de estas de tramitarlas y dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas en el plazo establecido, anotó el titular.


Silvera Martínez significó que esta ley homogeniza el funcionamiento de la administración pública y los sujetos que ejercen alguna función pública frente a la población, concentra en una norma contenidos dispersos en otras disposiciones y brinda mayor protección y seguridad jurídica a las personas.

Asimismo, corrige prácticas negativas, como el incumplimiento de plazos, la exigencia de documentación innecesaria y no dar participación a los ciudadanos ni acceso a los expedientes administrativos, aclaró el titular.

Subrayó que disminuye los riesgos de litigios judiciales entre las personas y las estructuras que realizan la actividad administrativa, y contribuye a la eliminación del burocratismo en la tramitación administrativa.

Silvera Martínez enfatizó en que la nueva normativa debe ser de cumplimiento por las dependencias del Consejo de Ministros, los organismos de la Administración Central del Estado, sus entidades y delegaciones o representaciones territoriales, así como también por las entidades y empresas nacionales, provinciales o municipales que prestan servicios públicos.

Se incluyen las estructuras de los Gobiernos provinciales y los de la Administración municipal, y cualquier otra entidad administrativa de carácter público, puntualizó.

También se aplica a cualquier otra entidad o persona que preste servicios públicos o ejerza funciones o potestades administrativas.

Al presentar el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del Parlamento, José Luis Toledo Santander, su presidente, expresó que, cumpliendo indicaciones de la dirección del Estado, se trabajó en la redacción de este proyecto, con el fin de unificar los procederes en esta importante rama del Gobierno, para mayor eficiencia, eficacia y transparencia en su gestión.

La normativa, en palabras de Toledo Santander, contribuye a combatir la burocracia y deviene eficaz mecanismo contra la corrupción.

Daisy Bárbara López Sao, diputada por el municipio de Holguín, manifestó que la normativa informa, organiza e incide en la actuación de los servidores públicos, pues regula de manera clara, precisa y contundente los 19 principios que en ella figuran y que están amparados por la Constitución.

La Ley de Procedimiento Administrativo fortalece los derechos y garantías de las personas en el ámbito de su aplicación y supone una correcta atención de los servidores públicos en la tramitación administrativa, aseveró.

Opinó que será necesaria la capacitación para los operadores de la ley y de un adecuado proceso de comunicación social para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y garantías, pues respalda el hecho de que Cuba es un Estado socialista de derecho. (Redacción Digital. Con información de la TV Cubana y la ACN)

ARTÍCULO RELACIONADO

Aprueban en Cuba Ley de la transparencia y acceso a información pública (+ post)

RSL 

Publicar un comentario

Gracias por participar

Artículo Anterior Artículo Siguiente