La Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba (Parlamento) aprobó este jueves, en La Habana, la Ley de la transparencia y el acceso a la información pública, primera norma jurídica de su tipo en el país.
Esa norma jurídica contribuirá al cumplimiento efectivo de las obligaciones de los órganos del Estado y demás sujetos responsables de brindar información pública.
El texto legal, que se inserta en el Modelo Económico y
Social Cubano de Desarrollo Socialista, contribuirá también a la garantía de
los derechos ciudadanos, previstos en la Constitución de la República, explicó
Eduardo Martínez Díaz, ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, al
presentar el proyecto ante el órgano Legislativo.
Además, tributará a la reducción de la corrupción
administrativa y el soborno en todas sus formas, a crear instituciones eficaces
y transparentes y que respondan a las necesidades de acceso a la información
pública, así como también a proteger las libertades fundamentales, de conformidad con
la legislación nacional y los acuerdos internacionales de los cuales Cuba es
firmante.
Por primera vez #Cuba cuenta con una norma jurídica que regula la transparencia y el acceso a la información pública. En la tarde de hoy la @AsambleaCuba aprobó la Ley de Transparencia y el Acceso a la Información Pública. pic.twitter.com/3vlu5dq57L
— Partido Comunista de Cuba (@PartidoPCC) July 18, 2024
Esa disposición normativa instrumenta los mecanismos que garantizan el acceso de la ciudadanía a la información de la Administración Pública.
Se entiende por información pública aquella que generan o custodian los sujetos en el ejercicio de sus funciones públicas y las personas naturales y jurídicas que reciben financiamientos y otros beneficios públicos.
La ley refiere que los solicitantes son responsables de su uso, por lo que, de hacerlo indebidamente, puede generar responsabilidad administrativa, civil o penal, conforme a la legislación vigente.
Se consideran excepciones para el acceso la información clasificada o limitada y aquellas circunstancias, hechos o atributos que, de divulgarse, constituyan un daño, peligro, afectación o violación para la soberanía, defensa y la seguridad nacional, los datos personales, un procedimiento judicial o administrativo en trámites, los derechos de propiedad intelectual, la confidencialidad de datos comerciales y el medio ambiente.
Los diputados coincidieron en los retos que supone la implementación del texto legal y en la importancia de la capacitación de las personas e instituciones vinculadas.
Para la elaboración de esta Ley se estudiaron 11 decretos-leyes nacionales y se realizó un estudio comparado de 123 leyes de transparencia y acceso a la información en el mundo.
De los 33 países de América Latina y el Caribe, 28 cuentan con este tipo de legislación.
Esta ley entrará en vigor a los 180 días hábiles siguientes, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. (Redacción Digital. Con información de la ACN. Foto: red social X)
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