Establecer las responsabilidades de las comisiones de Soberanía Alimentaria y las del Plan Turquino con relación a las acciones del Programa para la revalorización de la ruralidad, es uno de los objetivos del Decreto Número 122, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República de Cuba No. 92, el 16 de diciembre de 2025.
Asimismo, tiene el propósito de regular el rol de los
organismos de la Administración Central del Estado, vinculados a la soberanía
alimentaria y seguridad alimentaria y nutricional.
Refiere el Decreto que las comisiones de Soberanía
Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional al cumplir y contribuir con
lo dispuesto en la Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y
Nutricional y su Reglamento, son las responsables de dirigir y coordinar las
acciones del Programa para la revalorización de la ruralidad, en los municipios
que no están bajo la atención de las comisiones del Plan Turquino.
Subraya que son las comisiones municipales del Plan
Turquino, dentro de los límites territoriales de su competencia, las
responsables de dirigir y coordinar las acciones del Programa para la
revalorización de la ruralidad.
Por otra parte, las comisiones provinciales y nacionales de
Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional y del Plan Turquino
apoyan la implementación de las acciones que realizan las comisiones
municipales.
Asimismo, los organismos de la Administración Central del
Estado, vinculados a la soberanía alimentaria y seguridad alimentaria y
nutricional, además de sus funciones específicas relacionadas con la ruralidad,
conforme a lo dispuesto en la citada Ley 148 realizan, según corresponda, las
acciones que se aprueban por el Consejo de Ministros para la revalorización de
la ruralidad con el objetivo de lograr el mejoramiento de las condiciones de
vida en las zonas rurales.
(Fuente: Granma)
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