Del 8 de septiembre al 30 de noviembre próximos, se desarrollará en La Habana y las demás provincias cubanas el proceso de discusión del anteproyecto de Código de Trabajo con los colectivos laborales.
Este hecho constituye un hito en la participación de los trabajadores,
pues tendrán la oportunidad de expresar de manera directa sus opiniones sobre
la norma que regulará sus derechos y deberes.
No todos los países ofrecen a sus ciudadanos un espacio
de consulta tan amplio.
En Cuba, este proceso es un ejemplo de democracia participativa
en el ámbito laboral.
El debate no es meramente formal, pues lo que allí se
discuta puede modificar el contenido final del Código que será sometido a
aprobación de la Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento).
En consecuencia, cada opinión importa, y cada propuesta
puede marcar el futuro de la legislación laboral.
Este proceso abre la posibilidad de reflexionar sobre un
aspecto esencial: el trabajo es mucho más que empleo y salario; es parte de la
dignidad, la justicia social y el proyecto de vida de cada persona.
DE LA CONSTITUCIÓN AL DÍA A DÍA: ¿QUÉ CAMBIA CON EL NUEVO CÓDIGO?
El anteproyecto del Código de Trabajo está precedido de un
estudio profundo de legislaciones de la región, la doctrina laboral y las
normas internacionales que influyen en la protección de los trabajadores.
La Declaración de Principios y Derechos Fundamentales del
Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo, por ejemplo, tiene
aplicación universal y se incorpora como referente.
Un elemento clave ha sido la actualización de la legislación
laboral en correspondencia con la Constitución cubana de 2019, lo cual
da coherencia y legitimidad al nuevo texto.
Además, se moderniza la estructura del Código, que ahora se
organiza en Libros, Títulos, Capítulos y Secciones, permitiendo localizar de
manera más rápida lo que se necesita consultar.
El anteproyecto también se nutre de políticas nacionales que
apuntan a la equidad y la justicia social, como el Programa Nacional para el
Adelanto de las Mujeres, el programa Color cubano contra la
discriminación racial, y el Macroprograma Desarrollo Humano, Equidad y
Justicia Social.
Esto demuestra que el nuevo Código no surge de forma
aislada, sino en sintonía con estrategias de mayor alcance.
Otro aspecto de gran relevancia es la simplificación de la legislación laboral. Al integrar en un mismo texto normas sustantivas y procesales, se garantiza mayor estabilidad en el tiempo y uniformidad en la aplicación, sin necesidad de constantes modificaciones que resten eficacia a la norma.
UN CÓDIGO ORGANIZADO PARA SER COMPRENDIDO Y APLICADO
En la preparación de los colectivos laborales que
participarán en la consulta, funcionarios de la Central de Trabajadores de Cuba
y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social han explicado la estructura
general del anteproyecto:
Libro Primero: principios, objetivos y derechos
fundamentales. Incluye la prohibición del trabajo infantil, el trabajo forzoso,
la discriminación, la violencia y el acoso en el ámbito laboral.
Libro Segundo: relaciones individuales de trabajo.
Regula el contrato de trabajo, la permanencia, la promoción y terminación, así
como también los regímenes de trabajo y descanso. También abarca el
teletrabajo, la protección frente a interrupciones laborales y la justicia
laboral, permitiendo a trabajadores acudir a tribunales para dirimir
conflictos.
Libro Tercero: relaciones colectivas de trabajo.
Reconoce la participación de los trabajadores en la gestión de sus entidades,
la negociación colectiva y la concertación de convenios colectivos.
Libro Cuarto: administración del trabajo. Define las
funciones de los órganos rectores, en particular del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y de la Inspección del Trabajo.
La organización por libros no solo facilita la labor de
especialistas, sino que también acerca el derecho a la ciudadanía, haciendo más
sencillo el acceso a la información.
DEL PAPEL CONSTITUCIONAL A LA VIDA COTIDIANA DEL
TRABAJADOR
La Constitución cubana de 2019 otorgó rango supremo a los
derechos laborales, integrándolos en el Título V sobre Derechos, Deberes y
Garantías. Desde el derecho a un empleo digno hasta la protección frente a
la discriminación, la norma fundamental del país establece un marco que el
nuevo Código debe concretar en la práctica.
Un ejemplo significativo es el Artículo 31, que define el
trabajo como “un derecho, un deber social y un motivo de honor”. Allí se
resalta que el empleo remunerado debe ser fuente principal de ingresos, a la
vez que se complementa con servicios sociales universales que aseguran
condiciones de vida dignas.
Lo importante ahora es preguntarse: ¿cómo se traduce este mandato constitucional en la vida diaria de un trabajador o trabajadora? El nuevo Código busca dar respuesta a esa pregunta, convirtiendo principios generales en realidades tangibles: salarios justos, vacaciones pagadas, licencias parentales, igualdad de oportunidades y protección frente a riesgos.
JUVENTUD, GÉNERO Y CUIDADOS: EL ROSTRO SOCIAL DEL NUEVO CÓDIGO
El anteproyecto introduce cambios significativos en temas
sociales. Entre ellos:
Juventud: se eleva la edad laboral de 17 a 18 años
con plenos derechos, reforzando la protección contra el trabajo infantil y
garantizando condiciones justas a los adolescentes de 15 a 18 años.
Género: no se limita a la protección especial a la
mujer trabajadora en su condición de madre, sino que incorpora un enfoque de
género que permite conciliar trabajo y familia, otorgando facilidades, como licencias,
trabajo a domicilio y teletrabajo.
Cuidados: se articula con el Sistema Nacional para el
Cuidado Integral de la Vida (Decreto 109/2024), reconociendo la necesidad de
corresponsabilidad social en el cuidado de menores, personas con discapacidad y
adultos mayores.
Este enfoque social del Código demuestra que el trabajo no puede entenderse aislado de la vida familiar ni de las responsabilidades comunitarias. Es un avance hacia un modelo de desarrollo que reconoce los cuidados como un derecho y una tarea compartida.
EL RETO: UN CÓDIGO VIVO QUE REPRESENTE A QUIENES SOSTIENEN LA SOCIEDAD
El anteproyecto del Código de Trabajo incorpora principios
universales: respeto a los derechos laborales como derechos humanos,
irrenunciables e imprescriptibles; acceso de las personas a la justicia, y
protección a todos los sectores, sin importar si se trabaja en lo estatal,
privado o cooperativo.
Sin embargo, la verdadera legitimidad del Código dependerá
de la participación popular. Si el debate logra recoger las inquietudes de los
trabajadores, el resultado será un texto vivo, conectado con las necesidades
reales del país. De lo contrario, sería apenas una norma escrita.
Hoy más que nunca, es necesario recordar que el mayor
recurso de la sociedad no es el capital ni la tecnología, sino las personas que
con su esfuerzo diario garantizan bienes, servicios y proyectos colectivos.
El futuro del trabajo en Cuba se escribe entre todos, y este
proceso de consulta es la prueba de que la ley puede y debe construirse con la
voz de quienes la hacen realidad cada día. (Redacción Digital, con información de Cubadebate. Imagen: Facebook)
ARTÍCULO RELACIONADO
Anuncia Gobierno cubano incremento de pensiones (+ post)
FNY